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Copas Guillermo Sojo (A) y (H)
Para solicitar referees comunicarse con el Sr. Jorge Alvarado con 24 hs de anticipación, de 10 a 19 hs, al 011 1550264853
Los clubes que pidan referees oficiales deberán tener dos caballos ensillados en el marcador.
El equipo local tiene la obligación de presentar las fichas de resultados.
Las mismas se pueden obtener de nuestra página web, o haciendo un click aquí
Una vez completas pueden ser enviadas por fax al 4777-6444 int. 34 o mediante correo electrónico a la casilla torneos@aapolo.com
Notas importantes sobre Controles Equinos
Se detalla a continuación toda la información relacionada con las vacunas requeridas para los caballos porque es de suma importancia, cada vez que concurran a disputar un partido, la presentación completa de todos los certificados al día. En los últimos partidos no se ha permitido bajar del camión a equinos que con documentación incompleta.
Se transcribe la información que SENASA acercó a la AAP:
Control de Anemia Equina
La AAP efectuará los controles de Anemia, a cargo de veterinarios profesionales, en todos los torneos del Calendario Oficial de Primavera. Dicho control se hará durante las ruedas de clasificación en los clubes y en las instancias semifinales en la AAP en Pilar y en las finales en Palermo y/o Pilar.
Los jugadores deberán presentar los certificados de Anemia correspondientes a los caballos que jueguen. Estos serán controlados por la AAP. De no cumplir este requisito serán pasibles de sanciones.
Resolución Nº 617/05 Anexo II – Gripe Equina – Influenza Equina
7.8.1.2 Todo equino de cualquier condición que se traslade, con excepción de los egresos a faena directa, deberá, obligatoriamente, al momento de egresar del predio de origen, estar vacunado.
7.8.1.3 Los equinos que sean empleados y asistan a la práctica de carreras de hipódromos, cuadreras, de trote, deportes como el pato, polo, salto, equitación, prueba completa; espectáculos públicos, paseos, recreación; a exposiciones, cumpliendo tareas en lugares de compra venta de ganado, tareas de defensa nacional, seguridad pública o de cualquier otra índole, serán inmunizados sistemáticamente.
7.8.1.4 El régimen de vacunación sistemática, establecido para los equinos contemplados en los numerales 7.8.1.2. y 7.8.1.3. del presente Anexo -cada TRES (3), SEIS (6) o más meses- estará supeditado al tipo de vacuna utilizada conforme al plazo que el Servicio Oficial otorgue en la aprobación de las distintas marcas y series, que estará determinado por la duración efectiva de la inmunidad demostrada en cada caso.
7.9 Encéfalo Mielitis Equina (Virus Este y Oeste)
7.9.1 La vacunación contra la Encefalomielitis Equina (Este y Oeste) será obligatoria y tendrá en todos los casos validez de UN (1) año calendario en todo los equinos, cualquiera sea su edad, condición de tenencia o ubicación, que deban efectuar un traslado o movimiento, para ello, la vacuna deberá aplicarse con un mínimo de QUINCE (15) días de anticipación al mismo.
